Sí. Hasta el 30 de agosto de 2021 podrán seguir difundiéndose comunicaciones comerciales de los operadores de juego derivadas de contratos suscritos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, con prestadores de servicios de comunicación audiovisual sin necesidad de adaptarse a las reglas de difusión previstas en los artículos 18 a 22 de dicho Real Decreto.