2. El control de la actividad del juego

El control de la actividad del juego

Índice actividad DGOJ

 

Introducción

Corresponde a la DGOJ velar por la integridad, seguridad, fiabilidad y transparencia de las operaciones de juego, así como por el cumplimiento de la normativa vigente y de las condiciones establecidas para la explotación de las actividades de juego.
En el cumplimiento de su misión, las líneas de actuación básicas para el control de la actividad de juego son:

  1. La vigilancia, control e inspección de las actividades de juego de ámbito estatal.
  2. B. La homologación de los sistemas técnicos de los juegos y el establecimiento de los requisitos técnicos y funcionales de los juegos y de los sistemas técnicos utilizados en los mismos.
  3. La persecución del juego ilegal no autorizado, ya se realice en el ámbito del Estado español, ya desde fuera de España y que se dirija al territorio español.
  4. La colaboración con las autoridades competentes en el cumplimiento de la legislación de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, así como la colaboración con policía judicial en la prevención y control del fraude y en la defensa de la integridad en las actividades de juego.

 

A. La vigilancia, control e inspección de las actividades de juego de ámbito estatalVuelve al inicio de la página

La DGOJ, en su función de inspección, ha de vigilar, auditar y controlar todos los aspectos y estándares administrativos, económicos, procedimentales, técnicos, informáticos, telemáticos y de documentación, relativos al desarrollo de las actividades de juego.
La supervisión y control de los juegos se fundamenta en las siguientes actividades:

  1. La monitorización de la actividad.
  2. Las actuaciones de inspección.

 

A.1. La supervisión permanente de las actividades de juego Vuelve al inicio de la página

La monitorización de las actividades de juego se basa principalmente en el análisis de la información sobre las transacciones de juego obtenida de diversas fuentes:

  • Datos de juego en el sistema de monitorización de los operadores (Sistema de Control Interno - SCI) y relativos al registro de usuario, apuestas y premios.
  • Datos económicos financieros aportados por el operador en lo referente al “uso profesional diligente de los fondos”.
  • Datos de cuentas bloqueadas por el operador en cumplimiento del artículo 33.1 h) del RD 1614/2011.
  • Consultas realizadas por el operador al servicio web de verificación de jugadores (Registro General de Interdicción de Acceso al Juego y verificación de identidad), ofrecido por la DGOJ.
  • Información de carácter técnico, operativo o económico aportado por los operadores a la DGOJ en los procedimientos de concesión de licencias o en los procedimientos de homologación de los sistemas.
  • Informes por actuaciones de revisión de los sitios de juego.
  • Datos procedentes de las denuncias y/o reclamaciones de los usuarios recibidas en la DGOJ.

 

Para conseguir la máxima eficacia del sistema de información de la DGOJ es fundamental la integridad y calidad de los datos. A tal efecto, cada año se pone en marcha un plan específico de control de calidad del dato con el fin de garantizar la completitud y la fiabilidad de la información reportada por los operadores. El resumen de las actuaciones realizadas desde 2018 se recoge en la siguiente tabla.

 

Actuaciones de calidad de los datos (SCI) 2018 2019 2020 2021 2022
Comunicaciones realizadas a los operadores 1.011 1.209 670 1355 953
Incidencias abiertas a los operadores 1.160 1.840 1.280 705 865
Incidencias cerradas 866 1.124 1.456 572 1225
Consultas contestadas a los operadores 70 100 275 321 590

 

Actuaciones de calidad de los datos (Económico-financieros) 2022
Comunicaciones realizadas a los operadores  224

 

Durante el 2022 se han producido las siguientes circunstancias de carácter excepcional en el área de calidad de los datos del SCI:

  • Puesta en marcha del almacén de 2 nuevos operadores y se ha producido la baja de 2 operadores.
  • Implantación de 10 nuevos controles sobre los ficheros remitidos por los operadores al sistema de control interno.
  • Análisis preliminar de la nueva versión del modelo de datos (v3.0)

El análisis y tratamiento de la información sobre las transacciones de juego permite la monitorización permanente del cumplimiento de determinados requisitos relativos a la protección de los jugadores que son considerados especialmente críticos tales como, (1) los procedimientos puestos en marcha por los operadores para la verificación de la identidad de los participantes y el control del registro de usuario, (2) los mecanismos de control de acceso para impedir la participación de personas que lo tienen prohibido, menores y personas inscritas en el registro de prohibidos, (3) la superación de los límites de depósito o la superación de los límites establecidos en las máquinas de azar, y (4) la comercialización de apuestas en competiciones de menores.

Completa la supervisión permanente las actuaciones de revisión de las plataformas de juego de los operadores nuevos. Cada vez que un operador inicia actividad o comercializa una nueva licencia singular se pone en marcha un procedimiento de chequeo ad hoc del sistema técnico de juego del operador basado en un enfoque orientado a riesgos usando la técnica de “mystery shopper”. A lo largo de este año, se han acometido 12 estudios; 3 revisiones de licencias generales y 9 revisiones de licencias singulares.

 

Actuaciones de revisión de nuevas licencias 2018 2019 2020 2021 2022
Licencias Generales 2 6 11 6 3
Licencias Singulares 2 24 30 16 9

 

Como consecuencia de estas actuaciones de supervisión, a lo largo de 2022 se han realizado 171 comunicaciones a los operadores.

 

  

Comunicaciones de monitorización por tipo de control 2018 2019 2020* 2021 2022
Control de registro de usuarios (usuarios mal identificados, cuentas
de juego sin registro de usuario)
45 58 3 6 3
Control de prohibidos 26 44 9 13 48
Control de menores 20 41 4 9 17
Superación de límites de depósitos 20 119 7 32 29
Superación de límites de gasto en la sesión de máquinas de azar 18 77 13 30 23
Períodos de ampliación de los límites de depósitos   113 9 18 9
Trazabilidad del registro de usuario    44 6    
Cuentas duplicadas 5 29 6 12 7
Control de identidades de difuntos   45 23 10 5
Control de vinculados   21 10 11 7
Comercialización de eventos de menores   27 9 4 3
Jugadores con estados no activos que juegan   52 19 29 20

*NOTA: A partir de 2020 los incumplimientos detectados por periodo y operador se acumulan en una sola comunicación.

Durante el 2022 se han realizado 133 requerimientos de información a los operadores; 129 en materia económica financiera y cuentas bloqueadas; 2 relativos al modelo 763 de la AEAT, 1 relativo la memoria anual de juego y 1 solicitando el listado de los puntos de venta de Sociedad y Loterías de apuestas del Estado y 2 requerimientos a Sistema de Tarjetas y Medios de Pago.

 

A.2. Las actuaciones de inspección Vuelve al inicio de la página

En 2022 se han recibido 45 denuncias relativas a operadores con título habilitante, principalmente relacionadas con el bloqueo de cuentas, cambio de cuotas y prohibiciones subjetivas. En la siguiente tabla se recogen los motivos de las denuncias recibidas en 2022.  

 
Motivos 2018 2019 2020 2021 2022
Bloqueo de cuentas y suspensiones cautelares 7 16 26 10 10
Cambio de cuota, anulación de apuesta o/y impago de premios 8 25 24 10 5
Prohibiciones subjetivas 33 32 23 14 3
Autoexclusión 0 0 1 1 2
Bonos y publicidad 6 7 9 11 1
Límites de depósitos y apuestas 1 5 9 1 0
Manipulación de sistemas 7 4 3 7 0
Información al jugador 2 2 2 0 3
No aleatoriedad del juego 1 0 2 3 0
Medios de pago 0 0 2 1 0
Acreditación del jugador 3 3 1 1 9
Apuestas duplicadas 1 2 0 0 0
Retiradas 0 0 5 1 6
Denuncia contra varios operadores 0 0 0 0 3
Otros 0 1 3 0 1
Total 69 97 109 60 43

 

El número de denuncias recibidas desde el año 2018 se recoge en el cuadro siguiente:

 
Denuncias por actividad de juego autorizado 2018 2019 2020 2021 2022
Denuncias recibidas 69 97 109 60 45
Denuncias archivadas 49 102 120 87 38
En investigación previa 54 42 38 4 10
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador 4 3 2 0 0

 

Las denuncias recibidas y los procesos propios de supervisión permanente de los operadores han dado lugar al inicio de 127 expedientes de comprobación en 2022 y 127 propuestas de inicio de expediente sancionador. El detalle de los expedientes desde el inicio del mercado regulado se recoge en el cuadro siguiente:

 
Procedimientos de comprobación en juego autorizado 2018 2019 2020 2021 2022
Expedientes de comprobación iniciados 43 221 218 137 127
Expedientes archivados 20 14 45 20 11
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador 20 202 167 108 127

 

En el marco de los procedimientos de comprobación cabe resaltar las actuaciones dirigidas al cumplimiento del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego:

  • Plan de seguimiento de las actividades de promoción para nuevos jugadores, aparición de personas o personajes de relevancia o notoriedad pública en comunicaciones comerciales.
  • Revisión de las aplicaciones de juego gratuito ofrecidas por los operadores de juego habilitados por la DGOJ.
  • Estudio de las comunicaciones comerciales difundidas por los operadores de juego en los servicios de la sociedad de la información y redes sociales. 
  • Estudio de las comunicaciones comerciales difundidas por los operadores de juego en los servicios de la sociedad de la información y redes sociales. 
  • Análisis de los mecanismos y protocolos de detección de comportamientos de riesgo de las personas usuarias aplicados por los operadores de juego el año anterior.
  • Revisión de las obligaciones de información en las páginas web de los operadores de juego. 
  • Estudio de las actividades de publicidad de operadores de juego realizadas por algunos afiliados, streamers y pronosticadores de apuestas en sus diferentes canales.
  • Estudio sobre una actividad promocional de operadores de juegos de lotería.

 

B. La homologación de los sistemas técnicos de juego Vuelve al inicio de la página

Los operadores deben utilizar equipos y software de juego debidamente homologados. La homologación de los sistemas técnicos de juego se basa en informes de certificación de adecuación de los sistemas técnicos emitidos por laboratorios especializados en la certificación de la funcionalidad del software de juego y por entidades especializadas en auditoría de seguridad informática previamente designadas por la DGOJ.

La homologación inicial de los sistemas se realiza en el marco del procedimiento de concesión de licencias generales y singulares. A lo largo del año 2022 se han recibido 10 solicitudes de homologación inicial, y se han resuelto favorablemente 13.

 

Expedientes de homologación inicial  2018 2019 2020 2021 2022

Nº de solicitudes de homologación (por licencia)

25 117 28 15 10

Nº de homologaciones concedidas (por licencia)

18 37 106 19 13

Nº de homologaciones denegadas (por licencia)

0 0 4 0 0

Nº de homologaciones en curso (por licencia)

9 89 7 3 0

 

La homologación de los sistemas técnicos de juego tiene una validez de diez años contados desde la fecha de emisión del informe correspondiente. Transcurridos diez años desde la homologación inicial de las primeras licencias concedidas en 2012 se ha puesto en marcha los procesos de la segunda homologación.

Expedientes de homologación inicial  2022

Nº de solicitudes de homologación (por licencia)

149

Nº de homologaciones concedidas (por licencia)

0

Nº de homologaciones denegadas (por licencia)

0

Nº de homologaciones en curso (por licencia)

0

 

A partir de la homologación inicial, la homologación de los sistemas técnicos de juego se mantiene mediante la autorización previa de los cambios sustanciales en elementos críticos, los informes trimestrales de cambios y las auditorías a realizar cada dos años.

En el marco de los procedimientos de gestión de cambios en el 2022 se han recibido un total de 851 solicitudes, habiéndose autorizado 823 y denegado 26. . 

 
Indicador 2018 2019 2020 2021 2022
Nº total de solicitudes de cambio sustancial 288 599 657 677 851
Nº de licencias afectadas por las solicitudes de cambio 341 678 759 677 944
Nº de licencias generales afectadas por las solicitudes de cambio 33 38 76 71 53
Nº de licencias singulares afectadas por las solicitudes de cambio 308 640 683 683 891
Nº de solicitudes de cambio denegadas 8 30 20 25 26
Nº de licencias afectadas por las solicitudes de cambio denegadas 9 34 27 25 29
Nº de solicitudes de cambio autorizadas 273 524 673 636 823
Nº de licencias afectadas por las solicitudes de cambio autorizadas 322 570 779 708 907
Nº de solicitudes de cambio pendientes 7 41 5 20 22
Nº de licencias afectadas por las solicitudes de cambio pendientes 8 41 5 20 22

 

La gran mayoría de las solicitudes recibidas se corresponden con nuevos juegos, principalmente de máquinas de azar.  

 
Objeto de la gestión de cambios 2018 2019 2020 2021 2022
Nuevos juegos 231 458 517 532 683
Nuevo proveedor de SW de juego 13 74 97 94 101
Ruleta en vivo          
Migración de plataforma 5 3 5 6 4
Canales de participación 2        
Cambio mayor de versión 6 3      
CPD 5 11 16 12 8
Nuevos métodos de pago 3 3 5 2  
Actualización de jugos previamente homologados     12 14 7
Cambios en Plataforma     4 16 17
Cambios por emergencia extraordinaria de seguridad     2    
Otros* 8 47 40   3
Total 237 599 698 676 823

 

Con el objetivo de garantizar la calidad en los procedimientos de certificación y la correcta interpretación de los requisitos establecidos en la regulación se lleva a cabo una constante tarea de coordinación y colaboración con las entidades de certificación y con los operadores de juego. En el 2022 se atendieron más de 1000 consultas relativas a sistemas técnicos y procedimientos de homologación.

 

 
Consultas sobre sistemas técnicos y homologaciones 2018 2019 2020 2021 2022
Nº de consultas 20 400 510 620 1000

 

Además, durante el 2022 se han acometido las siguientes actividades:

  • Publicación de una nueva versión de la Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición que establece el modelo y contenido del informe de certificación definitiva de los sistemas técnicos de los operadores de juego y se desarrolla el procedimiento de gestión de cambios, con el objeto de desarrollar el procedimiento de segundas homologaciones.Publicación de una nueva versión de la “Guía de preguntas frecuentes sobre los procedimientos de certificación, homologación y auditoría de los sistemas técnicos de juego”, con el objeto de incluir aclaraciones en relación con los agregadores y los estudios.
  • Publicación de una nueva versión de la “Guía de preguntas frecuentes sobre los procedimientos de certificación, homologación y auditoría de los sistemas técnicos de juego”, con el objeto de incluir aclaraciones en relación con el procedimiento de segundas homologaciones.Elaboración de informes sobre la extinción de 12 licencias.
  • Se ha publicado una nueva versión de la “Nota Técnica y Operativa sobre auditorías bienales de los sistemas técnicos de juego.” y el “Anexo I: Lista de verificación de requisitos de funcionalidad.” con el objeto de adaptar las auditorías al procedimiento de segundas homologaciones.
  • Elaboración de informes sobre la extinción de 21 licencias.
  • Elaboración de 4 informes de solvencia técnica y de valoración del proyecto técnico dentro del procedimiento de solicitud de nuevas licencias. 
  • Elaboración de 2 informes técnicos sobre la solvencia técnica y profesional de 2 entidades que han solicitado ser designadas entidades de certificación.
     

 

C. La persecución del juego ilegalVuelve al inicio de la página

Como consecuencia de la promulgación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego y de la concesión de títulos habilitantes a los operadores de juego en junio de 2012, los sitios web operados por entidades que no hubieran obtenido título habilitante en España han de cesar su actividad en territorio español.

Con el fin de detectar posibles incumplimientos en la implementación de dicho cese de actividades y de preservar el marco legal establecido, la DGOJ desarrolla diversas actuaciones tendentes a la erradicación en el mercado español de las actividades de juego online realizadas sin título habilitante. Dichas actuaciones giran en torno a dos grandes ejes dando continuidad a la estrategia establecida en el año 2013:

 

  1.  Mantenimiento de un censo de sitios web de juego que permitan el acceso desde dispositivos conectados mediante direcciones IP asignadas a la red de internet española (conexiones desde territorio español).
  2. Procedimientos de comprobación previos a la propuesta de inicio de un procedimiento sancionador, a los sitios web que hubieran sido objeto de denuncia, queja, reclamación, simple mención ante la SGIJ, o por investigación en los buscadores de internet, las redes sociales o diversos sitios web.

 

C.1. Elaboración de un censo de sitios web cuya conexión es posible desde territorio español Vuelve al inicio de la página

Una de las principales actuaciones en relación a las actividades de juego sin título habilitante es la formación de un censo de sitios web que sean accesibles para jugadores conectados desde territorio español con el fin de identificar toda la oferta de juego no autorizado, conocer el alcance de dicha oferta y su posicionamiento de mercado. En dicho censo se integra la información referida al operador del sitio web, la naturaleza de la actividad ofrecida y su inclusión o no en el ámbito de aplicación de la LRJ, el índice de posicionamiento en el mercado de juego online (Índice Alexa), los idiomas vehiculares del sitio web (en particular el idioma español) y la admisión o no de jugadores desde territorio español (se identifiquen, o no, como residentes en España).  

Además, una vez se ha censado un sitio web, éste es objeto de un seguimiento periódico a fin de constatar su actividad en España y, en su caso, el inicio de un expediente de información previa.

La elaboración del censo es una actuación muy dinámica, objeto de constantes añadiduras y modificaciones, albergando, desde 2013 hasta finales del periodo 2022, más de 1797 sitios web que actualmente no están operativos como resultado de las actuaciones inspectoras efectuadas que se reseñan a continuación o por el propio devenir comercial de éstas.

 

Núnero de páginas web cerradas 2018 2019 2020 2021 2022

Total

(desde

2013)

Sin apertura de expediente por DGOJ 214 178 148 215 229 1.797
Con apertura de expediente por DGOJ 13 18 32 37 39 286
Total 227 196 180 255 268 2.123*

*Obsérvese que alguna de los sitios web que inicialmente fueron cerrados han vuelto a ser reabiertos

 

C.2. Procedimientos de comprobación previos a la propuesta de inicio de un procedimiento sancionador Vuelve al inicio de la página

Cuando un sitio web es objeto de denuncia, queja o reclamación, bien por parte de un usuario o bien por parte de cualquier ciudadano u organización interesada en el funcionamiento legal, seguro y responsable del mercado de juego online en España; así como cuando las actividades de control del censo de sitios web de juego ilegal ponen de manifiesto la relevancia en el mercado de juego español de la actividad realizada por un determinado sitio web que carece de título habilitante, se inicia un procedimiento de actuaciones de información previa. Dicho procedimiento consta de las siguientes etapas principales:

  • Constatación, mediante la incoación de acta de evidencias electrónicas por parte del personal inspector de la DGOJ, de la posibilidad de acceso desde dispositivos ubicados dentro del territorio español a la oferta de juego de un determinado sitio web no autorizado. Dicha oferta de juego se ha de ajustar a la definición establecida en el art. 3.a) de la LRJ. El acta evidenciará identificación del operador de juego que realiza dicha actividad, posicionamiento de mercado del sitio web (Índice Alexa), idioma vehicular, formalización de un registro de usuario en el mismo, posibilidad de constituir un depósito para participar en la oferta de juego y participación en alguna de las modalidades de juego ofertadas en la web.
  • Propuesta de apertura de procedimiento sancionador contra el operador del sitio web, teniendo en cuenta los antecedentes de hecho constatados durante el procedimiento de información previa y el comportamiento del operador tras recibir la solicitud de inhabilitación de acceso desde territorio español. Cabe señalar que, dentro de un mismo expediente, puede haber más de un sitio web que sea objeto de inspección.

El detalle de los expedientes de información previa desde el inicio del mercado regulado se recoge en el cuadro siguiente:

 
Expedientes de juego ilegal 2018 2019 2020 2021 2022
Expedientes iniciados 19 14 32 50 48
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador 11 22 30 44 42
Acuerdos de archivo 2 2 2 6 7

 

Aunque es muy difícil la cuantificación del volumen de juego ilegal, puesto que estamos en un mercado online que por su propia naturaleza es un entorno sumamente amplio y dinámico, la DGOJ desde el primer momento ha realizado una permanente labor de inspección centrada inicialmente en las webs de mayor relevancia en el ámbito de internet (utilizando el índice Alexa como referencia) y las que han sido objeto de denuncia por parte de usuarios, operadores o asociaciones de juego, y los resultados obtenidos ponen de manifiesto que la lucha contra el juego ilegal está obteniendo una respuesta positiva, con un alto grado de efectividad entre los operadores del espacio europeo, aunque no tanto respecto a los que se ubican en otros territorios.

La actividad inspectora es una actividad que continúa y evoluciona en el tiempo y que está siendo complementada con el bloqueo de páginas web efectuada por los operadores de acceso a la red.

Adicionalmente, en el ámbito del soporte a la actividad sancionadora se han realizado las siguientes actuaciones.

 

Actuaciones de soporte de la actividad sancionadora 2018 2019 2020 2021 2022
Actas de verificación de interrupción de la comercialización
de la actividad de juego por parte del operador
5 17 15 115 171
Informes de verificación del bloqueo de acceso a los portales
web en los proveedores de servicios de la información
5 3 0 0 0

 

C.3. El seguimiento y control de la comercialización no autorizada de juegos de lotería y realización de actividades de juego infringiendo el principio de reservaVuelve al inicio de la página

La actividad de seguimiento y control de los juegos de lotería incluye la investigación y persecución de las actividades de comercialización o participación en la comercialización de los juegos de loterías sujetos a reserva en España sin contar con la autorización del operador designado (SELAE u ONCE) y de las actividades de organización o explotación de actividades de juego infringiendo el principio de reserva establecido en el artículo 4 de la Ley 13/2011.

Respecto a la Comercialización de loterías no autorizadas el número de denuncias y expedientes realizados se recoge en la siguiente tabla:

 
Comercialización de juegos de loterías no autorizadas 2018 2019 2020 2021 2022
Denuncias recibidas 6 20 5 7 0
Expedientes iniciados 6 12 3 6 6
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador 2 1 7 1 3

 

En lo relativo a la organización de juegos de loterías infringiendo el principio de reserva, la actividad realizada se recoge en la siguiente tabla:

 

Realización de actividades de juego
infringiendo el principio de reserva
2018 2019 2020 2021 2022
Denuncias recibidas 3 5 2 15 4
Expedientes iniciados 4 14 3 3 0
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador 3 3 1 9 1

 

En 2022 se han recibido 4denuncias sobre “Realización de actividades de juego infringiendo el principio de reserva”.

 

C.4. El seguimiento y control de la celebración de juegos de carácter ocasionalVuelve al inicio de la página

Celebración de juegos de carácter ocasional 2019 2020 2021 2022 Total
Denuncias recibidas   1 4 1 6
Expedientes iniciados 3 2 3 1 9
Propuestas de inicio de procedimiento
sancionador
  1 1 1 3

 

D. Propuestas sancionadoras  Vuelve al inicio de la página

A continuación, se muestra el detalle de las propuestas de inicio de expediente sancionador desde 2018 atendiendo al origen de la investigación (de oficio o por denuncia) y el tipo infractor aplicado:

 

NUMERO DE PROPUESTAS 2018 2019 2020 2021 2022
ILEGALES 16 26 35 33 35

Denuncias

2   15 5 5

Investigación de oficio

14 26 19 28 30
LEGALES 24 205 169 108 127

Denuncias

4 3 2    

Investigación de oficio

20 202 167 108 127
Total general 40 231 204 141 162

 

 
TIPO INFRACTOR 2018 2019 2020 2021 2022
Art.39-a 11 22 37 21 32
Art.39-g 3 3 1 9 1
Art.40-a 2        
Art.40-b 2 8 10 5 6
Art.40-d 1 1 3 10 29
Art.40-f 1 1      
Art.40-j     2 3 1
Art.40-k   22 9   1
Art.40-l 2 1 7 1 3
Art.40-ñ       1  
Art.41-a 17 171 128 91 89
Art.41-b 1 1 6    
Art.41-c   1      
Total 40 231 203 141 162

 

Donde,

Notas: tipos infractores

Art.39 -a La organización, celebración o explotación de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley careciendo del título habilitante correspondiente.

Art.39 -g La realización de actividades de juego infringiendo la reserva establecida en el artículo 4 de esta Ley.

Art.39 -j El incumplimiento de la obligación de redireccionamiento referida en el artículo 10.4.e) de esta Ley.

Art.40-a El incumplimiento de los requisitos y condiciones fijados en el título habilitante y, en particular, de los deberes de control para garantizar la seguridad de los juegos.

Art.40-b Permitir el acceso a la actividad de juego a las personas que lo tienen prohibido, de conformidad con el artículo 6 de esta Ley, siempre que la entidad explotadora de juegos conozca o deba conocer la concurrencia de tales prohibiciones.

Art.40-d Efectuar la promoción, patrocinio y publicidad de los juegos objeto de esta Ley, o actuaciones de intermediación, cuando quienes lo realicen carezcan de título habilitante o se difundan con infracción de las condiciones y límites fijados en el mismo o infringiendo las normas vigentes en esta materia, cualquiera que sea el medio que se utilice para ello.

Art.40-f La obstrucción, resistencia o excusa a la función de inspección y control, así como la ocultación o destrucción de la información, documentos o soportes de la misma.

Art.40-j El incumplimiento de los requisitos técnicos de los reglamentos o del pliego de bases relativos al software y a los sistemas de comunicación.

Art.40-k La utilización de sistemas técnicos no homologados o no autorizados.

Art.40-l La fabricación, comercialización, mantenimiento o distribución de material de juego propiedad de los operadores que desarrollen actividades de juego objeto de reserva en el artículo 4 de esta Ley sin la debida autorización.

Art.40-m El impago de los premios que correspondieren a los participantes en los juegos.

Art.40-ñ Promover o facilitar la participación desde España en las actividades de juego a las que se refiere el artículo 2.1 a través de páginas web distintas a las legalmente habilitadas por operadores de juego con título habilitante en España

Art.41-a La participación en actividades de juego, contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 6.2, letras c), d), e), f), g) y h), de esta Ley.

Art.41-b Los incumplimientos de las obligaciones contenidas en esta Ley, cuando no estuvieren expresamente tipificadas como infracciones graves o muy graves.

Art.41-c No colaborar con los inspectores o agentes de la autoridad en relación con el desarrollo de las actividades de juego o lo relacionado con la comprobación del sorteo o evento en cuya virtud se obtengan los premios.

 

E. Otros  Vuelve al inicio de la página

La Subdirección General de Inspección, durante el 2021, ha continuado participando en las actividades desarrolladas en el seno del Grupo de Trabajo CEN/TC/456/WG1 para la estandarización del modelo de reporting de los operadores a los reguladores de juego.

La Subdirección General de Inspección ha formado parte dentro de los grupos de trabajo de la:

  • CONFAD.
  • CAJR. Diseño y elaboración de la encuesta de prevalencia en el juego.

En lo que se refiere a informes y estudios, durante el 2021 se han elaborado y publicado:

 

  • 4 informes de actividad trimestral del mercado juego online estatal
  • 1 informe del mercado de juego online estatal
  • El informe del perfil online del jugador
  • 1 informe del Mercado Español de Juego (en colaboración con la Comunidades Autónomas)

 

F. La colaboración con las autoridades competentes en la prevención y control del fraude, y en la defensa de la integridad en las actividades de juego. Vuelve al inicio de la página

La DGOJ, en abril de 2017, creó en el seno de la Subdirección de Inspeccion del Juego, el Servicio de Investigación Global del Mercado de Apuestas (SIGMA), con el fin de colaborar en la prevención y control del fraude, en particular en la lucha contra el amaño de partidos, la protección de la integridad del deporte y la ética deportiva y la integridad en los mercados de apuestas. Las funciones de SIGMA son las siguientes:

  • Dar soporte y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) en el marco de todas las investigaciones que lo requieran, normalmente relativas al amaño de las apuestas deportivas u otros juegos, medios de pago, suplantación de identidad, blanqueo, investigaciones patrimoniales y financiación del terrorismo.
  • Colaborar con otros organismos administrativos (AEAT, juzgados…)
  • Colaborar con otros reguladores directamente o a través de grupos de trabajo (Grupo de Copenhague)
  • Gestionar el intercambio de información sobre alertas de amaño de apuestas deportivas con los Operadores de Juego
  • Coordinar con las organizaciones deportivas el intercambio de información de los datos de deportistas y personas vinculadas con el deporte.

A través del servicio SIGMA se monitorizan los mercados de apuestas y se gestiona el intercambio de información de alertas relativas a apuestas deportivas irregulares o sospechosas con el Grupo de Copenhague (GoC)[1], con los operadores de apuestas y con las organizaciones deportivas.

A lo largo del 2021 se han desarrollado 537 actuaciones.

 
Origen actuaciones  2018 2019 2020 2021 2022
Juzgados 5 2 2 20 22
Copenhague/Reguladores 36 130 52 103 48
DGOJ 53 44 71 38 39
Org. Deportivas 240 154 213 274 12
Operadores 6 3 5 15 125
FCSE 39 34 85 81 305
AEAT 22 37 12 6 4
Total 401 404 440 537 555

 


[1] El Grupo de Copenhague (también llamado Red de Plataformas Nacionales), es el Grupo Asesor del Comité de  Seguimiento del Convenio sobre la manipulación de las competiciones deportivas o Convenio Macolin para mejorar el establecimiento, operación y desarrollo de Plataformas Nacionales. https://www.coe.int/en/web/sport/network-of-national-platforms-group-of-copenhagen-

De las 555 actuaciones de SIGMA, 159 están relacionadas con alertas relacionadas con la integridad de las apuestas deportivas y de las competiciones deportivas, siendo su distribución por deporte la siguiente:

 

Actuaciones SIGMA AÑO  

Deporte

2018

2019

2020

2021

2022

FÚTBOL

122

187

88

126

112

TENIS

153

31

19

58

21

TENIS DE MESA

 

4

23

27

18

BALONCESTO

7

3

8

2

3
VOLEIBOL 1 2 2 9 2

VÓLEY PLAYA

10

   

 

 

HOCKEY SOBRE HIELO

 

7

1

2

 
BÁDMINTON   5      
BALONMANO 1   1 2  

BOXEO

1

 

1

 

1
HURLING       2  
HÍPICA         2
E-SPORT         2

BILLAR

1

 

1

 

 
FÚTBOL SALA     2    

NATACIÓN

      1  
FÚTBOL PLAYA         1

DEPORTES DE COMBATE

1

   

 

 

Total general

297

239

146

229

159
 

 

 

 

Desde el año 2018 el GoC ha venido requiriendo la participación de España en tareas de monitorización de eventos deportivos internacionales de gran relevancia mediática. En esta tarea la DGOJ ha actuado como punto de contacto con el GoC, desarrollando una monitorización singular del mercado de apuestas online estatal en relación con el acontecimiento deportivo y manteniendo reuniones de coordinación con las distintas Plataformas Nacionales. Hasta la fecha se han desarrollado las siguientes monitorizaciones: Copa Mundial de fútbol masculina 2018 en Rusia (FIFA 2018), Copa Mundial de fútbol femenina en Francia (FIFA 2019) y IAAF World Athletics Championships 2019, el campeonato de fútbol femenino celebrado en Francia (2020), el campeonato de fútbol UEFA EURO 2020 (2021).