Con el fin de simplificar los procedimientos de homologación y reducir las cargas administrativas para los operadores, se ha reorganizado el procedimiento de gestión de cambios en el supuesto de homologación de nuevos juegos o de cambio del centro de proceso de datos de proveedores sin licencia, para aquellos casos en los que el nuevo juego o el nuevo CPD ya haya sido previamente homologado por la DGOJ. Así, la introducción de un nuevo juego en la plataforma de juegos o un cambio en el CPD no se considera cambio sustancial siempre que ya haya sido debidamente homologado por la DGOJ. Su inclusión en la plataforma del operador solo requiere comunicación en el informe trimestral de cambios.