Se permite ofertar comunicaciones comerciales en motores de búsqueda a través de cualquier técnica de posicionamiento orgánico en dichos buscadores.
Cuando la comunicación comercial se difunda a consecuencia de un acuerdo comercial de un anunciante con el motor de búsqueda, entonces solo cuando esa búsqueda utilice palabras o frases conectadas con las actividades de juego definidas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
A título ejemplificativo, no se permitirá ofertar publicidad de juego que derive de búsquedas que introduzcan términos como “juego online”, “videojuego”, “diversión”, etc.