FAQ 13.7.2 ¿En qué páginas web o aplicaciones se permitirá la difusión de comunicaciones comerciales a partir del 1 de mayo de 2021?

Se permitirá ofertar comunicaciones comerciales, bajo determinadas condiciones, solamente a las siguientes clases de páginas web o aplicaciones:

  • A las páginas web o aplicaciones de los operadores de juego.
  • A las páginas de los medios de comunicación que sirvan de soporte al juego de concursos, en este último caso exclusivamente respecto a esta modalidad de juego.
  • A aquellas cuya actividad principal sea la oferta de productos o información sobre las actividades de juego definidas por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, siempre y cuando estas páginas web o aplicaciones cuenten con mecanismos para evitar el acceso de menores de edad y difundan, de manera periódica, mensajes sobre juego seguro.
  • A aquellas cuya actividad principal sea ofrecer información sobre eventos deportivos o hípicos, siempre y cuando habiliten una sección específica y diferenciada dedicada a la oferta de información sobre apuestas y, además, esa sección: 1.º Sea accesible desde la página de inicio a través de un único enlace de carácter informativo de dimensiones reducidas. 2.º Cuente con mecanismos para evitar el acceso de menores de edad. 3.º Difunda, de manera periódica, mensajes sobre juego seguro.